Criterios mínimos sobre la actuación de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad en manifestaciones públicas (Criterios mínimos sobre la actuación de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad en manifestaci) Provincia del Chaco
Criterios mínimos sobre la actuación de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad en manifestaciones públicas Provincia del Chaco
- Artículo 1. Son objetivos fundamentales de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad...
- Artículo 2. Establécense pautas para la intervención policial tanto en manifestaciones...
- Artículo 3. Determinase que cuando corresponda, se establecerán pautas para la...
- Artículo 4. Regúlanse todas las fases de la actuación policial y de las fuerzas de...
- Artículo 5. Inclúyense disposiciones tendientes a garantizar un adecuado control del...
- Artículo 6. Se deberán agotar todos los recursos e instancias para garantizar una...
- Artículo 7. La negociación con los manifestantes no podrá estar a cargo de quien...
- Artículo 8. En los casos de manifestaciones con amplia concurrencia o previamente...
- Artículo 9. Todos aquellos funcionarios policiales o de seguridad que se encuentren bajo...
- Artículo 10. Prohíbese portar armas de fuego a todo el personal policial o fuerza de...
- Artículo 11. Establécese la obligatoriedad para todo el personal policial y de seguridad...
- Artículo 12. Prevéanse todos los resguardos y controles necesarios para asegurar el...
- Artículo 13. Dispónese que, en el caso de operativos programados o cuando en el...
- Artículo 14. Estipúlase que la responsabilidad de la organización y desarrollo del...
- Artículo 15. Establécense los canales de radio a través de los cuales se realizarán todas...
- Artículo 16. En caso de operativos programados, se preverá la imposición de barreras...
- Artículo 17. Dispónese siempre que las evaluaciones acerca de los riesgos para el...
- Artículo 18. Prohíbese expresamente la utilización de móviles (patrulleros, camiones...
- Artículo 19. Se resguardarán los derechos de los funcionarios intervinientes en su...
- Artículo 20. Se velará por el respeto de grupos que se encuentren presentes o cercanos a...
- Artículo 21. Los efectivos de las instituciones policiales y de seguridad deben respetar,...
- Artículo 22. Todo aquél personal policial o de fuerzas de seguridad que transgreda las...
- Artículo 23. El apercibimiento es la advertencia formulada por el superior al subalterno,...
- Artículo 24. La suspensión consiste en la privación temporal del grado que invistiere el...
- Artículo 25. Derógase toda norma o disposición que se oponga a la presente.
- Artículo 26. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Regulación de la actividad de Cadetería, Mensajería, Motomandados, Delivery y Afines Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas Ley de Sensibilidad de Género en los medios de comunicación Crea Fondo Compensador Municipios de Fontana, Machagai y J.J. Castelli Creación del Compendio Temático de la Memoria, la Verdad y la JusticiaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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