Tránsito y seguridad vial. Creacion de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Tránsito y seguridad vial) Nacional
Tránsito y seguridad vial. Creacion de la Agencia Nacional de Seguridad Vial Nacional
- Artículo 1. Créase la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en...
- Artículo 2. La Agencia Nacional de Seguridad Vial tendrá su domicilio en la Capital de...
- Artículo 3. La Agencia Nacional de Seguridad Vial será la autoridad de aplicación de las...
- Artículo 4. Serán funciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial: a) Coordinar,...
- Artículo 5. La Agencia Nacional de Seguridad Vial será presidida por el Ministro del...
- Artículo 6. La Agencia Nacional de Seguridad Vial estará a cargo de un Director...
- Artículo 7. El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial tendrá los...
- Artículo 8. La Agencia Nacional de Seguridad Vial será el organismo responsable de la...
- Artículo 9. La Agencia Nacional de Seguridad Vial será asistida por un Comité de...
- Artículo 10. La Agencia Nacional de Seguridad Vial será asistida por un Comité Ejecutivo,...
- Artículo 11. La Agencia Nacional de Seguridad Vial será asistida por un Comité...
- Artículo 12. Los recursos operativos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial serán los...
- Artículo 13. Los ingresos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, así como sus bienes y...
- Artículo 14. Derógase el inciso 37 del artículo 22 del Título V de la Ley de...
- Artículo 15. Incorpórase al artículo 17 del Título V de la Ley de...
- Artículo 16. REGISTRO NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR
- Artículo 17. REGISTRO NACIONAL de ESTADISTICAS EN SEGURIDAD VIAL
- Artículo 18. OBSERVATORIO DE SEGURIDAD VIAL
- Artículo 19. Transfiérese el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito de la órbita...
- Artículo 20. Modifícase el artículo 2º de la ley 24.449, el que quedará redactado de...
- Artículo 21. Modifícase el artículo 6º de la Ley 24.449, el que quedará...
- Artículo 22. Deróganse los incisos e) y f) del artículo 7º de la Ley 24.449
- Artículo 23. Modifícase el artículo 8º de la Ley 24.449, el que quedará...
- Artículo 24. Modifícase la denominación del Capítulo II del Título III de la Ley...
- Artículo 25. Modifícase el artículo 13 de la Ley 24.449 el que quedará...
- Artículo 26. Modifícase el artículo 14 de la Ley 24.449, el que quedará redactado de...
- Artículo 27. Incorpórase como último párrafo del artículo 26 de la Ley 24.449, el...
- Artículo 28. Incorpórase como artículo 26 bis de la Ley 24.449, el siguiente:...
- Artículo 29. Incorpórase como último párrafo del artículo 29 de la Ley 24.449 -...
- Artículo 30. Modifícase el artículo 71 de la Ley 24.449, el que quedará redactado de...
- Artículo 31. Incorpóranse como apartados 7 y 8 del inciso c) del artículo 72 de la Ley...
- Artículo 32. Incorpórase como artículo 72 bis de la Ley 24.449, el siguiente:...
- Artículo 33. Incorpóranse como incisos m) a y) del artículo 77 de la Ley 24.449, los...
- Artículo 34. Modifícase el artículo 84 de la Ley 24.449, el que quedará redactado de...
- Artículo 35. Modifícase el artículo 85 de la Ley 24.449, el que quedará redactado de...
- Artículo 36. Modifícase el artículo 89 de la Ley 24.449, el que quedará redactado de...
- Artículo 37. Vigencia
- Artículo 38. Adhesiones
- Artículo 39. El Poder Ejecutivo nacional en el plazo de SESENTA (60) días a partir de la...
- Artículo 40. La Agencia Nacional de Seguridad Vial fijará las pautas de control y...
- Artículo 41. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Programa nacional de deteccion temprana y atencion de la hipoacusia Transferencia de Inmueble a título gratuito a favor de la Municipalidad de Río Gallegos Declaración como monumento histórico nacional al antiguo puente carretero de una sola mano Aprobación del Aumento de los Recursos de Capital del Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata Apruébase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2002Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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