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Créase el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Artículo 42 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Créase el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Nacional
Artículo 42. Del acceso a la información

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 7° c), 8° a) y b), y 35 a) y 36 b) de la presente ley, en relación con el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y los mecanismos locales, todo organismo perteneciente a la administración pública nacional, provincial y/o municipal, tanto centralizada como descentralizada, cualquiera sea su naturaleza jurídica, el Poder Judicial y el Ministerio Público en el ámbito nacional, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas vinculadas con los lugares de encierro, están obligadas a proveer a los restantes integrantes del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, acceso a toda información relativa a la situación de las personas privadas de libertad en el marco de los objetivos del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y de la presente ley.
 



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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