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Regimenes promocionales para la exploración y explotación de hidrocarburos Artículo 20 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Regimenes promocionales para la exploración y explotación de hidrocarburos Nacional
Artículo 20. Aplicación integral

Los beneficios otorgados por la presente ley, sólo serán de aplicación integral en el período de explotación de los respectivos proyectos, siempre que la alícuota de los tributos que gravan las exportaciones de los productos obtenidos como consecuencia de la referida explotación, dispuestos por la Ley 25.561, o la que lo sustituya o reemplace, sea igual o superior a la vigente a la fecha de entrada en vigencia del régimen establecido por esta ley. En caso que la referida alícuota sea menor, la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION con la asistencia de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS evaluará el impacto de esa disminución y podrá eliminar o disminuir proporcionalmente los beneficios previstos en la presente, en función del impacto de la nueva alícuota.



Nacional Artículo 20 Créanse en el marco de la ley nº 17.319 regímenes promocionales para la exploración y explotación de hidrocarburos que serán de aplicación en todas las provincias que conforman el territorio de la república argentina, que adhieran al mismo, y en la plataf
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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