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Creando la empresa Carnes naturales Artículo 5 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creando la empresa Carnes naturales La Pampa
Artículo 5.

Podrán tener participación en el capital social, además del Estado Provincial, las Municipalidades y Comisiones de Fomento de la provincia de La Pampa, conforme la Ley Provincial 1597 Orgánica de Municipalidades y las personas físicas o jurídicas que revistan la calidad de productores pecuarios cuyo ámbito de explotación se encuentre total o parcialmente situado en el territorio de la provincia de La Pampa.

Las sucesivas transferencias de acciones, una vez suscripto el capital social, se realizarán desde el Estado Provincial a los productores pecuarios mencionados en forma precedente, debiéndose en primer término enajenar las acciones Clase C.

La Municipalidades y Comisiones de Fomento de la provincia de La Pampa que eventualmente participen en el capital social deberán hacerlo, en todo momento, en idénticas proporciones. Dicha participación no podrá superar, en conjunto, el diez por ciento (10%) del capital social, ni tampoco podrá superar, en forma individual, el cero coma ciento veinticinco por ciento (0,125%) del referido capital social.



Provincia de La Pampa Artículo 5 Creando la empresa Carnes naturales
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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