Creando el programa de incentivos culturales Provincia de La Pampa
Creando el programa de incentivos culturales Provincia de La Pampa
- Artículo 1. Créase el Programa de Incentivos Culturales "Becas de Acá" con el...
- Artículo 2. Son requisitos para participar del programa haber nacido en la Provincia de...
- Artículo 3. El programa otorgará 10 incentivos anuales, por el plazo de un año...
- Artículo 4. El incentivo será mensual y equivalente al sesenta por ciento (60%) de los...
- Artículo 5. Los beneficiarios/as deberán elevar un informe semestral de los avances de...
- Artículo 6. Los beneficiarios deberán autorizar que se cite su nombre, así como la...
- Artículo 7. Sera autoridad de aplicación de la presente Ley la Secretaria de Cultura.
- Artículo 8. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesión al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 1765/2014 Ratificación del Decreto N° 1089/20 y désele al mismo fuerza de Ley Ley de Ministerios Transfiriendo a título gratuito al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria Aprobación del Convenio Marco suscripto entre el Ministerio de Salud de la provincia de La Pampa y la Universidad Nacional de LanúsMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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