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Creación del Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina Artículo 13 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación del Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina Nacional
Artículo 13.

Para acceder al tratamiento diferencial, los productores deberán, además de encuadrarse en alguno de los supuestos contemplados en el artículo anterior, cumplimentar en forma simultánea los siguientes requisitos:

a) Habitar en forma permanente y continua el predio donde realiza la explotación ganadera o en su defecto residir dentro del área rural en la cual se encuentra radicada la misma.

b) Intervenir en forma directa con su trabajo y el de su grupo familiar en la producción, no contratando, en lo posible, personal permanente para la explotación.

c) Contar con un ingreso económico del grupo familiar que no supere el máximo establecido para esta categoría de productores por la Autoridad de Aplicación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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