Créacion del Instituto de Gestión Electoral (Créacion del Instituto de Gestión Electoral) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Créacion del Instituto de Gestión Electoral Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 1. Instituto de Gestión Electoral
- Artículo 2. Materia Electoral
- Artículo 3. Misión
- Artículo 4. Competencias
- Artículo 5. Improrrogabilidad
- Artículo 6. Autoridad
- Artículo 7. Designación de Directores/as
- Artículo 8. Requisitos
- Artículo 9. Inhabilidades específicas para el nombramiento
- Artículo 10. Incompatibilidades específicas
- Artículo 11. Prohibición
- Artículo 12. Duración del cargo
- Artículo 13. Funciones del/la Director/a
- Artículo 14. Cese de funciones
- Artículo 15. Remoción
- Artículo 16. Director/a Adjunto/a
- Artículo 17. Vacancia
- Artículo 18. Rango y Remuneración
- Artículo 19. Revisión de actos
- Artículo 20. Patrimonio
- Artículo 21. Régimen Jurídico
- Artículo 22. Jurisdicción y competencia en materia electoral. Asiento
- Artículo 23. Funcionamiento y composición
- Artículo 24. Designación y requisitos del/la Juez/a Electoral
- Artículo 25. Atribuciones del Tribunal Electoral
- Artículo 26. Incompatibilidad por parentesco
- Artículo 27. Juramento
- Artículo 28. Funciones del/la Presidente
- Artículo 29. Colaboración
- Artículo 30. Decisiones del Tribunal Electoral
- Artículo 31. Procedimiento
- Artículo 32. Representante del Ministerio Público Fiscal ante el Tribunal Electoral
- Artículo 33. Secretaría Electoral
- Artículo 34. Composición
- Artículo 35. Condiciones
- Artículo 36. Atribuciones
- Artículo 37. Apruébase el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como...
- Artículo 38. Modifícase el Artículo 8° de la Ley 268, conforme al texto consolidado...
- Artículo 39. Modifícase el Artículo 13 de la Ley 268, conforme al texto consolidado por...
- Artículo 40. Sustitúyese el artículo 23 de la Ley 1777 conforme al texto consolidado por...
- Artículo 41. Sustitúyese el artículo 42 de la Ley 402 de Procedimientos ante el Tribunal...
- Artículo 42. Sustitúyese el artículo 23 de la Ley 89 conforme al texto consolidado por la...
- Artículo 43. Deróganse las Leyes 334, 4515, 4894, 5837 y sus modificatorias
- Artículo 44. Vigencia
- Artículo 45. Comuníquese, etc
Otras regulaciones
Instituyese en Día de la pymes Obligación de no efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta de crédito o débito Disuelvase el instituto de juegos de apuestas Extensión del alivio fiscal para el sector hotelero ante la pandemia por coronavirus Denominacion a una plazoletaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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