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Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa Artículo 77 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa La Pampa
Artículo 77.

Los deberes de la Junta Electoral se relacionan directamente con las tareas propias de realización del acto eleccionario y su escrutinio.

a) La Junta Electoral designa un Presidente de su seno y la Comisión Directiva debe prestar toda la colaboración directa o indirecta necesaria para garantizar el normal y correcto desarrollo del acto eleccionario.

b) La Junta Electoral debe elevar a la Comisión Directiva, a los tres (3) días hábiles posteriores a la elección, un expediente que debe contener:

I. Las actas de apertura y clausura del comicio;

II. Toda otra acta que deba labrar por cualquier causa;

III. Un informe detallado sobre el desarrollo del procedimiento electoral.

Al tomar conocimiento de esta documentación, la archiva como antecedente; y IV. Nómina de quienes no se presentaron a emitir el voto para solicitar las justificaciones correspondientes por parte del Tribunal de Ética y Disciplina.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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