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Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa Artículo 57 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa La Pampa
Artículo 57.

Los miembros del Tribunal deben asistir a todas las audiencias de prueba, siempre que así lo haya solicitado el inculpado, con una anticipación mínima de Diez (10) días hábiles previos a la fecha de su realización.

a) Las audiencias de prueba son dirigidas por el Presidente del Tribunal, y los demás miembros pueden, con su autorización, preguntar lo que estimen oportuno o proponer medidas de prueba nuevas o complementarias; b) Las providencias simples y las que dispongan la aceptación o producción de pruebas son dictadas por el Presidente, o quién lo reemplace, investido con ese cargo;

c) La solicitud de revocatoria puede realizarse dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la providencia y la decisión del Tribunal no dará lugar a recurso alguno;

d) El acuerdo para la Resolución definitiva se debe dictar en forma impersonal y fundada, sin perjuicio que el disidente exprese sus fundamentos por separado.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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