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Creación del Colegio de Trabajadores Sociales Artículo 14 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación del Colegio de Trabajadores Sociale Entre Ríos
Artículo 14. Defensa de la matrícula

Todo graduado en Trabajo Social, o Servicio Social conforme títulos emitidos antes del cambio de denominación, deberá encontrarse matriculado en el Colegio de Trabajadores Sociales para ejercer su profesión. La omisión de la matriculación importará el ejercicio ilegal de la profesión con las consecuentes sanciones civiles y penales que dicho ejercicio importe. Las instituciones oficiales públicas, privadas o mixtas, como asimismo cualquiera de los tres poderes del Estado, que requieran profesionales que desempeñen funciones propias de la profesión Trabajo Social deberán cubrir los cargos respectivos con profesionales matriculados en el Colegio, en caso contrario serán corresponsables civil y penalmente del ejercicio ilegal de la profesión.



Provincia de Entre Ríos Artículo 14 Creación del Colegio de Trabajadores Sociales de la provincia de Entre Ríos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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