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Creación del Colegio de Trabajadores Sociales Artículo 11 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación del Colegio de Trabajadores Sociale Entre Ríos
Artículo 11. Derechos de los colegiados

Los colegiados tendrán los siguientes derechos:

1- Gozar de los beneficios que brinda el Colegio.

2- Tener voz y voto en las asambleas.

3- Elegir y ser elegido para integrar los órganos directivos del Colegio, conforme con esta ley y disposiciones reglamentarias.

4- Participar de las reuniones del Consejo Directivo con voz y sin voto.

5- Compulsar los libros de actas, tesorería y de matriculados en presencia de la persona responsable de los mismos.

6- Solicitar convocatoria a asamblea general extraordinaria de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30°.

7- Proponer por escrito al Consejo Directivo las sugerencias o proyectos que se consideren oportunos.

8- Solicitar la inclusión de puntos en el orden del día de las asambleas ordinarias con la firma del veinte (20 %) por ciento de los matriculados dentro de los cinco días de publicada la convocatoria.



Provincia de Entre Ríos Artículo 11 Creación del Colegio de Trabajadores Sociales de la provincia de Entre Ríos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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