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Creación del colegio de arquitectos Artículo 1 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación del colegio de arquitectos La Pampa
Artículo 1.

Créase el Colegio de Arquitectos de la provincia de La Pampa, con personería jurídica de derecho público, no estatal; con capacidad jurídica para actuar pública o privadamente, con sede en la ciudad de Santa Rosa y una delegación en la ciudad de General Pico. El Directorio del Colegio de Arquitectos de la provincia de La Pampa podrá determinar la instalación de otras delegaciones en diferentes ciudades o localidades del interior de la Provincia, teniendo en cuenta la cantidad de matriculados que ejerzan la profesión en las mismas, a efectos de garantizar el normal ejercicio y desarrollo de la profesión de Arquitecto en todo el territorio provincial. Las delegaciones que se creen se regirán por el presente marco legislativo.- El Colegio de Arquitectos de la provincia de La Pampa agrupará, representará colectivamente y estará integrado por todos los profesionales arquitectos matriculados en el Registro que llevará.-



Provincia de La Pampa Artículo 1 Creación del colegio de arquitectos de la provincia de la Pampa
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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