Quebrantamiento de Derechos humanos y las libertades fundamentales. Creación del Archivo Provincial de la Memoria (Creación del Archivo Provincial de la Memoria) Provincia de Santa Fe
Quebrantamiento de Derechos humanos y las libertades fundamentales. Creación del Archivo Provincial de la Memoria Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. CREACIÓN DEL ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA
- Artículo 2. CARACTERES DEL MATERIAL QUE LO INTEGRA
- Artículo 3. OBJETIVOS
- Artículo 4. DIRECCIÓN Y ATRIBUCIONES
- Artículo 5. ENVIO DE INFORMACIÓN
- Artículo 6. COORDINACIÓN DE LA INFORMACIÓN
- Artículo 7. DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN BRINDADA POR EL ARCHIVO GENERAL DE LA PROVINCIA
- Artículo 8. CREACIÓN DEL ARCHIVO PROVINCIAL DE REGISTROS AUDIOVISUALES
- Artículo 9. COORDINACIÓN CON EL MINISTERIO DE INNOVACIÓN Y CULTURA
- Artículo 10. COORDINACIÓN CON EL MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO
- Artículo 11. OBJETIVOS DEL ARCHIVO PROVINCIAL DE REGISTROS AUDIOVISUALES
- Artículo 12. DISPOSICIÓN Y DIFUSION DE LA INFORMACIÓN
- Artículo 13. AUXILIARES DESCRIPTIVOS
- Artículo 14. ACCESO A LA INFORMACIÓN
- Artículo 15. FORMA
- Artículo 16. PRINCIPIOS
- Artículo 17. RESPUESTA
- Artículo 18. MODO DE BRINDAR LA INFORMACIÓN
- Artículo 19. DENEGATORIA
- Artículo 20. DEBER DE INFORMACIÓN PARCIAL
- Artículo 21. SERVICIO PERMANENTE DE INFORMACIÓN MINIMA A PUBLICAR
- Artículo 22. EXCEPCIONES
- Artículo 23. ACCESO IRRESTRICTO A LA INFORMACIÓN
- Artículo 24. SOLICITUD DE INFORMACIÓN A ORGANISMOS DEL PODER EJECUTIVO
- Artículo 25. OBJETO
- Artículo 26. SOLICITUD DE INFORMACIÓN A ENTIDADES NO DEPENDIENTES DEL ESTADO PROVINCIAL
- Artículo 27. OBLIGACIÓN DE LOS ORGANISMOS REQUERIDOS
- Artículo 28. SERIE DOCUMENTAL
- Artículo 29. CREACIÓN DE LAS COMISIONES DEL ESPACIO DE MEMORIA COMISARIA CUARTA DE SANTA FE Y EX SERVICIO DE INFORMACIONES. OBJETIVOS
- Artículo 30. SEDES. DECLARACION
- Artículo 31. INTEGRACION
- Artículo 32. FUNCIONES
- Artículo 33. DETERMINACION
- Artículo 34. AUTORIDAD DE APLICACION
- Artículo 35. SITIOS COMPRENDIDOS
- Artículo 36. FUNCIONES DE LA AUTORIDAD DE APLICACION
- Artículo 37. PRESERVACIÓN DE LOS SITIOS DE MEMORIA
- Artículo 38. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Estatuto para el personal del Tribunal de Cuentas Programa de Intervención Integral de Barrios Creación del Polo Tecnológico Esperanza Asociación Civil Donación a la Municipalidad de la ciudad de Tostado, departamento 9 de Julio, un determinado inmueble Actividades de carácter comercial o industrial con metales no ferrososMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
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