Creación de la Oficina de Conciliación Laboral (Creación de la Oficina de Conciliación Laboral) Provincia de Mendoza
Creación de la Oficina de Conciliación Laboral Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Créase la Oficina de Conciliación Laboral en el ámbito de la Subsecretaría de...
- Artículo 2. La Oficina de Conciliación Laboral deberá dirimir con carácter obligatorio y...
- Artículo 3. Será de aplicación previa para los procedimientos establecidos mediante Ley...
- Artículo 4. El Cuerpo de conciliadores no tendrá competencia sobre: a) Las...
- Artículo 5. El control y la coordinación administrativa estarán a cargo de un jefe de...
- Artículo 6. Créase el Registro Provincial de Conciliadores Laborales dependiente de la...
- Artículo 7. REQUISITOS PARA EL INGRESO
- Artículo 8. REQUISITOS PARA EL INGRESO
- Artículo 9. RETRIBUCIÓN DEL CONCILIADOR
- Artículo 10. PACTO DE CUOTA LITIS
- Artículo 11. EXCUSACIÓN Y RECUSACIÓN DE LOS CONCILIADORES
- Artículo 12. PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DEL CONCILIADOR
- Artículo 13. Créase un Fondo de Financiamiento a los fines de solventar el pago de los...
- Artículo 14. La administración del Fondo de Financiamiento estará a cargo de la...
- Artículo 15. Denuncia de Conciliación. El reclamante por sí, o a través de apoderado,...
- Artículo 16. Las partes deberán ser asistidas obligatoriamente por un letrado de la...
- Artículo 17. El conciliador dispondrá de un plazo de veinte (20) días -contados desde la...
- Artículo 18. Dentro de los plazos anteriores, el conciliador podrá convocar a las partes a...
- Artículo 19. El acuerdo conciliatorio se instrumentará en un acta especial de conformidad...
- Artículo 20. El acuerdo se someterá a la homologación de la Subsecretaría de Trabajo y...
- Artículo 21. La Subsecretaría de Trabajo y Empleo emitirá resolución fundada homologando o...
- Artículo 22. La Subsecretaría de Trabajo y Empleo podrá formular observaciones al acuerdo,...
- Artículo 23. En el supuesto que se deniegue la homologación, la Subsecretaría de Trabajo y...
- Artículo 24. En caso de incumplimiento del acuerdo conciliatorio homologado, éste será...
- Artículo 25. Cada acuerdo conciliatorio se comunicará (con fines estadísticos) al...
- Artículo 26. Es facultad de los abogados en el ejercicio de sus funciones, recabar...
- Artículo 27. Los empleadores que celebren acuerdos conciliatorios o se sometan a la...
- Artículo 28. En los casos de los artículos 47 y 52 de la Ley 23.551, como del Art. 24 de...
- Artículo 29. El procedimiento creado por esta ley entrará en vigencia cuando lo disponga...
- Artículo 30. Incorpórese como inc. 14 al Art. 26 de la Ley 4.976 el siguiente: "14.-...
- Artículo 31. Incorpórese como inc. 15 al Art. 26 de la Ley 4.976 el siguiente: "15....
- Artículo 32. El Poder Ejecutivo Provincial a propuesta del Ministerio de Gobierno, Trabajo...
- Artículo 33. Modifíquese el artículo 5° de la Ley 8.145, el cual quedará redactado de la...
- Artículo 34. Deróguese los artículos 9°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16°, 17°, 18°, 19°, 20°,...
- Artículo 35. Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Otras regulaciones
Inhabilidad Judicial Extraordinaria Suspensión temporal, desde el 13 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2020, el plazo de validez de las evaluaciones técnicas de la Ley 6.561 Creación del Banco de Vinos Provincial Creación de un documento obligatorio que se denominará Hoja Anexa de Salud Individual Adhiérase en los términos de su Art. 11 a la Ley Nacional N° 26.905Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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