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Creación de la Comisión Bicameral Investigadora de Instrumentos Bancarios y Financieros Artículo 3 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/03/2024

Creación de la Comisión Bicameral Investigadora de Instrumentos Bancarios y Financieros Nacional
Artículo 3.

La comisión tendrá por objetivo investigar las modalidades de un esquema implementado para facilitar la apertura de cuentas bancarias en el extranjero, por agentes económicos que tributan por actividades en la Argentina, administrar las mismas y encubrir su existencia con la finalidad de promover la evasión de impuestos de dichos agentes y la salida de los capitales producidos por ese comportamiento.

La comisión, para cumplir su cometido, deberá procurar la identificación de los agentes económicos involucrados en el incumplimiento fiscal y la fuga de divisas, así como también las instituciones bancarias y/o financieras que hayan estructurado en el país el modo sistemático de violentar las normas impositivas y cambiarias vigentes.

Le corresponderá a la comisión establecer las con-causales en que hubieren incurrido las instituciones facilitadoras de la modalidad de evasión fiscal, en cuanto al ocultamiento y/o destrucción intencional de la documentación que acredite el proceder ilícito descripto.

A su vez, también, el trabajo de investigación desarrollado se orientará a delinear la posible existencia de un comportamiento sistémico en el seno del mercado bancario y financiero que opera en la Argentina, sobre mecanismos llevados a cabo para promover la salida de capitales evadidos de la tributación, impulsando de ser así, las modificaciones legislativas en materia bancaria, financiera y/o cambiaria que fueran pertinentes, para eliminar este tipo de actividades.



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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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