Creación de juzgados civiles y comerciales en lo fiscal (Creación de juzgados civiles y comerciales en lo fiscal) Provincia de Córdoba
Creación de juzgados civiles y comerciales en lo fiscal Provincia de Córdoba
- Artículo 1. COMPETENCIA MATERIAL
- Artículo 2. PROCEDIMIENTO
- Artículo 3. COMPETENCIA TERRITORIAL
- Artículo 4. CITACIÓN DEL DEUDOR
- Artículo 5. Será título hábil y suficiente para acreditar la deuda tributaria a los...
- Artículo 5 bis. IRRECUSABILIDAD
- Artículo 5 ter. ACUMULACIÓN
- Artículo 5 quater. AMPLIACIÓN ANTERIOR A LA SENTENCIA
- Artículo 6. EXCEPCIONES ADMISIBLES. PRUEBA
- Artículo 7. SENTENCIA
- Artículo 8. RECURSOS
- Artículo 8 bis. SUSPENSIÓN DEL PROCESO. REQUISITOS. REANUDACIÓN
- Artículo 9. ACCION DE REPETICION
- Artículo 10. INCOMPARECENCIA DEL DEUDOR. DESPACHO DE LA EJECUCIÓN
- Artículo 11. CASOS EN QUE PROCEDE
- Artículo 12. Competencia
- Artículo 13. Petición inicial
- Artículo 14. Patrocinio de la Dirección de Rentas. Tasa de Justicia
- Artículo 15. Admisión de la petición y requerimiento de pago
- Artículo 16. INCOMPARECENCIA DEL DEUDOR. DESPACHO DE LA EJECUCIÓN
- Artículo 17. Pago del deudor
- Artículo 18. Oposición del deudor
- Artículo 19. Facultades de la Dirección de Rentas
- Artículo 20. Funcionarios responsables de la tramitación
- Artículo 21. Aplicación Supletoria
- Artículo 22. Efecto interruptivo de la prescripción
- Artículo 23. Aportes a la Caja de Abogados
- Artículo 24. Abróganse todas las normas que se opongan a la presente Ley.
- Artículo 25. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.
Otras regulaciones
Régimen Sancionatorio Excepcional Emergencia Sanitaria - COVID19 Plan Provincial Agroforestal Creación del Fondo de Emergencia por Inundaciones Aprobación del Convenio de Cooperación para el desarrollo de proyectos para la utilización de biodiésel en los servicios de transporte de pasajeros Régimen legal del deporte extremoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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