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Control Parlamentario y Marco Regulatorio. Objetivos Artículo 11 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Control Parlamentario y Marco Regulatorio. Objetivos Nacional
Artículo 11. Atribuciones de la autoridad de aplicación

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente, la autoridad de aplicación deberá:

a) Incentivar la eficiencia del sector y garantizar la producción nacional en la totalidad de las etapas de la actividad partiendo de la madera como insumo básico;

b) Propender a una mejor operación de la industria de la pasta celulosa y del papel para diarios, garantizando la igualdad de oportunidades y el acceso sin discriminaciones al abastecimiento de papel;

c) Hacer cumplir la presente ley, su reglamentación y disposiciones complementarias, en el ámbito de su competencia;

d) Dictar las normas a las que deberán ajustarse los sujetos de esta ley en materia de normas y procedimientos técnicos;

e) Requerir a los actores del presente régimen, la documentación respaldatoria e información que sea necesaria para verificar el cumplimiento de la presente ley y su reglamentación. Asimismo, deberá realizar las inspecciones que sean necesarias a los mismos efectos y habilitará los registros pertinentes;

f) Promover ante los tribunales competentes las acciones pertinentes que tiendan a asegurar el cumplimiento de sus funciones y los fines de esta ley y su reglamentación;

g) Llevar el control de las exportaciones e importaciones de la pasta celulosa y del papel para diarios, a través del registro que se crea por el artículo 28 de la presente ley. Asimismo, recomendar las medidas relativas al comercio exterior para el cumplimiento del presente régimen;

h) Aplicar las sanciones previstas en la presente ley y su reglamentación;

i) Ejercer las acciones de fiscalización que correspondan;

j) Promover y controlar la producción y uso sustentable de pasta celulosa y de papel para diarios;

k) Establecer las normas de calidad a las que deben ajustarse la producción de pasta celulosa y de papel para diarios;

l) Establecer los requisitos y condiciones necesarios para la habilitación de las plantas de producción de pasta celulosa y de papel para diarios, resolver sobre su calificación y aprobación y certificar la fecha de su puesta en marcha;

m) Establecer los requisitos y criterios de selección para la presentación de los proyectos que tengan por objeto acogerse a los beneficios establecidos por la presente ley, resolver sobre su aprobación y fijar su duración;

n) Realizar auditorías e inspecciones a las plantas habilitadas para la producción de pasta celulosa y de papel para diarios a fin de controlar su correcto funcionamiento y su ajuste a la normativa vigente;

o) Realizar auditorías e inspecciones a los beneficiarios del régimen de promoción establecido en esta ley, a fin de controlar su correcto funcionamiento, su ajuste a la normativa vigente y la permanencia de las condiciones establecidas para mantener los beneficios que se les hayan otorgado;

p) Administrar los subsidios que existen actualmente así como los que eventualmente se otorguen;

q) Llevar actualizado el registro nacional que se crea por el artículo 28 de la presente ley, en particular respecto de los datos de los sujetos y de las plantas habilitadas para la producción de pasta celulosa y de papel para diarios, así como un detalle de aquellas a las que se les haya otorgado beneficios promocionales establecidos en los regímenes preexistentes en el presente;

r) Firmar convenios de cooperación con distintos organismos públicos, privados, mixtos y organizaciones no gubernamentales, nacionales o internacionales;

s) Publicar en su sitio de Internet el registro creado por el artículo 28 de la presente ley, así como los montos de los beneficios otorgados a cada empresa;

t) En general, realizar todos los actos que sean necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones y de los objetivos de esta ley y su reglamentación.
 



Nacional Artículo 11 Papel de pasta celulosa para diarios. declaracion de interes publico. control parlamentario y marco regulatorio
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en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?

Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.

No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.


Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?


Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)


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