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Constitución Artículo 44 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Constitución Santiago del Estero
Artículo 44. Bases del régimen electoral

El régimen electoral, de carácter uniforme para toda la Provincia, se ejercerá conforme a las siguientes bases:

1. El sistema electoral que regirá para la elección de los cuerpos colegiados se establecerá sobre la base de la representación proporcional.

2. El territorio provincial y municipal, según corresponda, se constituye en distrito único para todos los actos electorales.

3. Queda expresamente prohibido el sistema electoral de doble voto simultáneo y acumulativo.

4. Todo proceso electoral puede ser fiscalizado por los partidos políticos intervinientes.

5. La autoridad comicial dispone de la fuerza pública a los efectos de asegurar la regularidad del acto.

6. Todos los electores gozan durante el acto comicial de inmunidad de arresto, salvo en el caso de flagrante delito o de orden escrita de autoridad competente. La ley que reglamentará el régimen electoral deberá ser sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de la Cámara de Diputados.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 44 Constitución
Artículo 1 ...42 43 44 45 46 ...239

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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