Imprimir

Constitución Artículo 174 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Constitución Santiago del Estero
Artículo 174.

El contador general y tesorero de la Provincia serán designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura y durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser renombrados. Sus responsabilidades, deberes y derechos serán determinados por la ley respectiva.

Para ser contador general de la Provincia se requiere poseer el título de contador público nacional, con cinco años de antigüedad en el ejercicio profesional, dos de ejercicio de la ciudadanía, dos de residencia inmediata en la Provincia no siendo nativo de ella y veinticinco años de edad como mínimo.

Para ser tesorero de la Provincia se requiere poseer los mismos requisitos que se exigen para ser contador general de la Provincia.

Sólo podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo por mal desempeño de sus funciones, previa autorización de la Cámara de Diputados, la que deberá expedirse dentro de los diez días hábiles posteriores al de entrada de la comunicación correspondiente.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 174 Constitución
Artículo 1 ...172 173 174 175 176 ...239

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse