Imprimir

Constitución Artículo 101 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Constitución Misiones
Artículo 101.

Corresponde a la Cámara de Representantes:

1) Aprobar o desechar los tratados con la Nación y con otras provincias;

2) Establecer los Impuestos y contribuciones necesarios para atender los gastos de servicio de la administración, seguridad y bienestar general de la Provincia;

3) Fijar por un año o período superior hasta un máximo de tres, a propuesta del Poder Ejecutivo, el cálculo de recursos y el presupuesto de gastos.

Si el Poder Ejecutivo no remitiere los proyectos de presupuestos y leyes de recursos para el ejercicio siguiente, antes del treinta y uno de julio, la Cámara podrá iniciar su estudio y sancionarlo tomando como base las leyes vigentes.

Vencido el ejercicio administrativo sin que la Legislatura hubiere sancionado una nueva ley de gastos y recursos, se tendrán por prorrogadas las que hasta ese momento se encuentren en vigencia;

4) Legislar sobre el uso, disposición y enajenación de las tierras e inmuebles de propiedad provincial;

5) Calificar los casos de expropiación por causas de utilidad pública o interés general, determinando los fondos con que debe hacerse la indemnización previa;

6) Autorizar al Poder Ejecutivo, con los dos tercios de los miembros presentes a contraer empréstitos o emitir fondos públicos con bases y objetos determinados, no pudiendo ser autorizado para equilibrar los gastos ordinarios de la administración. En ningún caso la totalidad de los servicios de los empréstitos comprometeran más de la cuarta parte de las rentas de la Provincia. Ni el numerario obtenido de los mismos, ni los fondos públicos que se emitan, podrán ser aplicados a otros objetos que los determinados por la ley de su creación;

7) Promover la colonización en las tierras fiscales o en los latifundios que no cumplan la función social de la propiedad; fomentar a la producción, la industria y el comercio auspiciando el desarrollo de las empresas cuyo capital contribuya al bienestar general; propender a la formación de sociedades cooperativas; fomentar el incremento de las actividades agropecuarias; planificar una plantación forestal que persiga una racional explotación de sus bosques y la forestación y reforestación; auspiciar el turismo contemplando la finalidad social de su objetivo; facilitar los medios de transporte hacia los centros de consumo y puertos de embarque, mediante caminos, vías férreas y medios de transporte fluvial y aéreos y, en general, desarrollar una política legislativa tendiente al bienestar social y a la felicidad de los habitantes de la Provincia;

8) Arreglar el pago de las deudas de la Provincia, dictar la ley orgánica del crédito público, autorizar el establecimiento y funcionamiento de las entidades bancarias;

9) Disponer la creación de villas, declarar ciudades y promover la construcción de obras públicas;

10) Acordar subsidios, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presente, a las municipalidades;

11) Establecer la división política de la Provincia y los ejidos muncicipalidades, tomando por base la extensión, población y continuidad;

12) Acordar anmistías por delitos políticos, faltas o contravenciones previstas en la legislación provincial, excepto los de fraude electoral o contra la libertad de sufragio;

13) Crear o suprimir empleos para la mejor administración de la Provincia, determinando sus atribuciones y responsabilidades, evitando los excesos de la burocracia;

14) Dictar las leyes que aseguren y garanticen el ejercicio de los derechos sociales;

15) Dictar leyes sobre jubilaciones, retiros y pensiones para el personal de la administración provincial y municipal y aprobar los convenios que a tal fin pudieren celebrarse con la Nación u otras provincias y municipalidades;

16) Dictar la ley de elecciones generales para toda la Provincia según los principios enunciados en esta Constitución;

17) Dictar leyes relativas a la educación;

18) Acordar recompensas de estímulo;

19) Dictar Código de Procedimientos; Rural y Fiscal; leyes de organización de la administración de Justicia, del Registro Civil, orgánica municipal, de tierras públicas, de bosques, viales y de expropiaciones, de régimen de los partidos políticos, de estatuto del empleado y del estatuto del docente;

20) Autorizar la cesión de tierras de la Provincia para objetos de utilidad pública, con el voto de los dos tercios de los miembros presentes y con unanimidad de los votos de los miembros de la Cámara, cuando esa cesión importe abandono de jurisdicción o desmembramiento territorial, dentro de los límites prescriptos por la Constitución Nacional. En este último caso la ley deberá ser "ad-referendum;

21) Crear reparticiones autárquicas, pudiendo darles facultades para designar su personal y administrar los fondos que se les asigne, dentro de las prescripciones de la ley de creación;

22) Ejercer una legislación exclusiva sobre los servicios públicos de la Provincia establecidos fuera de la jurisdicción municipal;

23) Declarar intervenidos a los organismos municipales en los casos autorizados por esta Constitución;

24) Tomar juramento al Gobernador, Vice-gobernador y sus reemplazantes en cada caso, concederle o negarles licencia para salir temporalmente del territorio de la Provincia, incluso de la Capital por más de quince días consecutivos, aceptar o rechazar sus renuncias;

25) Prestar o no acuerdo para el nombramiento de magistrados y funcionarios;

26) Elegir senadores nacionales y considerar sus renuncias cuando sean presentadas antes de su incorporación al Senado de la Nación;

27) Autorizar, aprobar y disponer la movilización de milicias por el Poder Ejecutivo en los casos del artículo 108 de la Constitución Nacional;

28) Dictar todas aquellas leyes necesarias para el mejor desempeño de las anteriores atribuciones y para todo asunto de interés público y general de la Provincia que por su naturaleza y objeto no corresponda privativamente al Congreso Nacional.



Provincia de Misiones Artículo 101 Constitución
Artículo 1 ...99 100 101 102 103 ...179

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse