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Constitución Artículo 153 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Constitución La Rioja
Artículo 153. Integració

El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de la Cámara de Diputados, funcionará en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia, que ejercerá su presidencia, y se integrará cada dos años, sin reelección inmediata, con:

tres diputados, uno por la minoría, y dos representantes de la Función Ejecutiva; un representante de los jueces inferiores elegido al efecto por sus pares, y uno de los abogados de la matrícula elegido por el voto directo de todos los letrados matriculados de la provincia; asimismo, podrá ser integrado por personas del ámbito académico en la forma y número que indique la ley, debiendo considerarse preferentemente a tal efecto a docentes de las carreras de derecho.

Cuando el concurso sea para cubrir cargos del Ministerio Público Fiscal o del Ministerio Público de la Defensa, la presidencia del Cuerpo la ejercerá el Fiscal General o el Defensor General según correspondiere, y el representante de los jueces inferiores será reemplazado por el representante del Ministerio Público que concerniere al cargo que se concurse.

La ley completará la modalidad de su funcionamiento.

Provincia de La Rioja Artículo 153 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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