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Constitución Artículo 143 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Constitución La Rioja
Artículo 143. Pérdida de la competencia

Vencidos los plazos estableci dos por ley para que los jueces dicten sus resoluciones, y previo pedido de pronto despacho, perderán la competencia de pleno derecho, sin necesidad de declaración alguna, si no la dictaran en el término legal establecido para las mismas.

La competencia en estos casos deberá ser ejercida por el subrogante legal que corresponda.

Los jueces que por tercera vez en el año pierdan el ejercicio de la competencia quedan sometidos a juicio político o jurado de enjuiciamiento según sea el caso, lo que de por sí no constituye una sanción, sino sólo un instrumento para determinar si hubo descuido del deber o inconducta en el desempeño del cargo y se lo establece como medio para proteger los derechos del pueblo.

El juez que, perdida la competencia de pleno derecho, no pasara las actuaciones al subrogante legal será pasible de las sanciones civiles, penales y políticas que determinen las leyes y esta Constitución.

Provincia de La Rioja Artículo 143 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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