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Constitución Artículo 12 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución La Rioja
Artículo 12. Alzamiento

Los que se alzaren para cambiar esta Constitución,deponer los órganos de gobierno o impedir el libre ejercicio de sus facultades constitucionales, como así también los funcionarios políticos que en la provincia formaren partedel gobierno de facto que surgiere del alzamiento o subversión serán pasibles de lassanciones civiles, penales y políticas que determinen las leyes y esta Constitución. Losfuncionarios del régimen constitucional con responsabilidad política que omitieren laejecución de actos en defensa del mismo serán pasibles de idénticas sanciones.

Los habitantes de la Provincia están obligados a organizarse en defensa del ordenconstitucional.

Provincia de La Rioja Artículo 12 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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