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Constitución Artículo 99 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Jujuy
Artículo 99. TESORO PROVINCIAL

El Gobierno de la Provincia provee a los gastos de su administración con los fondos del tesoro provincial, formado por:

1) el producido de la venta o locación de sus tierras;

2) las regalías, los derechos y cánones sobre explotaciones mineras, petrolíferas, gasíferas y otras fuentes de energía;

3) el producido de la venta de los productos o bienes de su pertenencia;

4) los frutos y rentas de sus bienes;

5) los tributos;

6) el producido de las obras y servicios que prestare;

7) la participación que le corresponde en los impuestos fijados por la Nación, con la que celebrará acuerdos para su establecimiento y percepción;

8) los empréstitos y demás operaciones de crédito que realizare para atender necesidades de urgencia o emprender obras de utilidad o beneficio común;

9) los subsidios, legados y donaciones;

10) los demás recursos que le correspondieren por ley.



Provincia de Jujuy Artículo 99 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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