Constitución Artículo 96 Provincia de Catamarca
Constitución Catamarca
Artículo 96.
Cada Cámara podrá nombrar comisiones de su seno para examinar el estado del tesoro y para el mejor desempeño de las atribuciones que les concierne; y podrá pedir a los ministros y jefes de reparticiones de la administración todos los informes que crea convenientes.En las comisiones permanentes, cuyo número y composición determinará el reglamento, estarán también representadas las minorías.
Sus miembros serán designados por cada Cámara a simple pluralidad de sufragios, pudiendo por el voto de los dos tercios facultar a la Presidencia para hacerlo, previa consulta a los sectores políticos integrantes del cuerpo, en ambos casos.
Provincia de Catamarca Artículo 96 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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