Compre nacional en la administración pública (Compre nacional en la administración pública) Nacional
Compre nacional en la administración pública Nacional
- Artículo 1. La Administración Pública Nacional, sus dependencias, reparticiones y...
- Artículo 2. Cuando en los proyectos de las obras o servicios a contratar existan...
- Artículo 3. Para proceder a una adjudicación a favor de los bienes provenientes del...
- Artículo 4. Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países...
- Artículo 5. En el caso de compras reiteradas de los mismos bienes o de compras...
- Artículo 6. En la aplicación de la presente Ley se contemplará especialmente la...
- Artículo 7. Una empresa industrial, de construcción o proveedora de servicios, excluidas...
- Artículo 8. La construcción de obras y la provisión de servicios, salvo casos...
- Artículo 9. Las comparaciones de ofertas de bienes, de obras y de servicios se harán...
- Artículo 10. En las licitaciones y en los pedidos de cotización que admitan la...
- Artículo 11. Se asignará el carácter de empresas locales de capital interno a las...
- Artículo 12. En los casos de estimarlo justificado, el Poder Ejecutivo podrá disponer...
- Artículo 13. Al mismo fin del artículo anterior, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA...
- Artículo 14. A los fines del presente régimen, se considerará profesional local al que...
- Artículo 15. Los profesionales locales y las firmas de ingeniería y consultoría locales,...
- Artículo 16. Los servicios de ingeniería y de consultoría se contratarán con...
- Artículo 17. De contratarse, en el caso previsto por el artículo 16, con firmas o...
- Artículo 18. La contratación de servicios de ingeniería y de consultoría se...
- Artículo 19. Cuando una entidad utilice sistemáticamente los servicios de...
- Artículo 20. La Comisión Asesora establecida por el Decreto Ley 5340/63, tendrá a su cargo...
- Artículo 21. Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no...
- Artículo 22. El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas,...
- Artículo 23. En el caso de que la aplicación de la presente anulare, total o...
- Artículo 24. El Poder Ejecutivo podrá exceptuar en cada caso de las disposiciones de...
- Artículo 25. El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias a efectos de...
- Artículo 26. Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y...
- Artículo 27. Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente.
- Artículo 28. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y...
Otras regulaciones
Personas con Discapacidad. Deber de Informar sobre sus Derechos al Momento de Entregar el Certificado de Discapacidad Aprobación del Acuerdo sobre Reconocimiento de Títulos de Grado de Educación Superior en el Mercosur Creación de un juzgado federal en Azul, provincia de Buenos Aires Investigación médica y científica del uso medicional de la planta de cannabis y sus derivados Derógase la exención o, en su caso, el tratamiento como bienes no computables, en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, que se hallan previstos en convenios o regímenes para mejorar la competitividad y la generación de empleo celebrados en el marco de la Ley 25.414Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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