Imprimir

Complementaria Permanente de Presupuesto Artículo 130 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Complementaria Permanente de Presupuesto Nacional
Artículo 130.

El ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, podrá implementar un programa para asistir a las provincias y a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES con financiamiento para la atención del déficit financiero y para regularizar atrasos de tesorería en concepto de salarios y servicios esenciales, de acuerdo con las posibilidades financieras del ESTADO NACIONAL.

El programa podrá implementarse a través del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL.

La SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS queda facultada para dictar las normas reglamentarias, interpretativas, aclaratorias y complementarias que fueren necesarias.

Facúltase al señor Jefe de Gabinete de Ministros y al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para suscribir los convenios respectivos.

(Fuente: Ley Nº 26.546, Artículos 73 y 93).

Nacional Artículo 130 Complementaria Permanente de Presupuesto
Artículo 1 ...128 129 130 131 132 ...181

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse