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Competencia e integración del poder judicial de la nación en materia penal Artículo 5 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Competencia e integración del poder judicial de la nación en materia penal Nacional
Artículo 5.

La CAPITAL FEDERAL se subdivide, a su vez, en SIETE (7) zonas judiciales que comprenden la jurisdicción de las siguientes dependencias policiales: 1) PRIMERA: Comisarías de la Policía Federal 1a., 2a., 3a., 4a., 5a., 6a., 7a. y 8a., Departamento Central de la Policía Federal, Prefectura Naval Argentina y Gendarmería Nacional. 2) SEGUNDA: Comisarías 15a., 17a., 19a., 21a., 23a., 25a. y 46a.

3) TERCERA: Comisarías 29a., 31a., 33a., 35a., 37a., 39a., 49a. y 51a.

4) CUARTA: Comisarías 13a., 41a., 43a., 44a., 45a., 47a. y 50a.

5) QUINTA: Comisarías 32a., 34a., 36a., 40a., 42a., 48a. y 52a.

6) SEXTA: Comisarías 14a., 16a., 18a., 22a., 24a., 26a., 28a. y 30a.

7) SEPTIMA: Comisarías 9a., 10a., 11a., 12a., 20a., 27a. y 38a.

LA CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL por vía de reglamentación establecerá la asignación de los Juzgados de Primera Instancia que tendrán competencia territorial determinada en las zonas judiciales de la CAPITAL FEDERAL; dispondrá, por la misma vía, el mecanismo de distribución equitativa de trabajo entre los Juzgados asignados al mismo distrito judicial. Del mismo modo, la CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL establecerá los criterios de distribución del trabajo entre los restantes tribunales, cuando así corresponda.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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