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Competencia e integración del poder judicial de la nación en materia penal Artículo 24 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Competencia e integración del poder judicial de la nación en materia penal Nacional
Artículo 24.

Los Juzgados Nacionales de Menores, dentro del distrito judicial que a cada uno le fuera asignado, conocerán en los supuestos establecidos en el artículo 29 del Código Procesal Penal. Contarán con TRES (3) Secretarías, una de Instrucción, otra de Sentencia para causas correccionales y una Tutelar. Colaboran asimismo con los jueces de menores, los asistentes tutelares a que se refiere la presente ley. En el supuesto que en un mismo hecho resultaren imputados mayores y menores, conocerán en la causa los tribunales designados por la presente ley para el juzgamiento de menores.



Nacional Artículo 24 Competencia e integración del poder judicial de la nación en materia penal
Artículo 1 ...22 23 24 25 25 bis ...54

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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