Código Tributario de la Provincia de Tucumán (Código Tributario) Provincia de Tucumán
Código Tributario de la Provincia de Tucumán Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Las disposiciones de este Código son aplicables a todos los tributos...
- Artículo 2. Fuentes
- Artículo 3. Materia Privativa de la Ley
- Artículo 4. Interpretació
- Artículo 5. Integración Analógica
- Artículo 6. Principios Aplicables
- Artículo 7. Interpretación del Hecho Imponible
- Artículo 8. Son órganos de la administración tributaria la Dirección General de Rentas...
- Artículo 9. Facultades
- Artículo 10. Director General
- Artículo 11. Incompatibilidades
- Artículo 12. Competencia
- Artículo 13. También será competente el Tribunal Fiscal para atender los recursos que se...
- Artículo 14. Composición - Requisitos - Autoridades - Remoció
- Artículo 15. Incompatibilidades - Remuneració
- Artículo 16. Conjueces - Recusació
- Artículo 17. Facultades del Presidente
- Artículo 18. El Tribunal Fiscal tiene amplias facultades para establecer la verdad de los...
- Artículo 19. Actuación ante el Tribunal Fiscal
- Artículo 20. Concepto
- Artículo 21. Convenio entre Particulares
- Artículo 22. Juridicidad de los Hechos Gravados
- Artículo 23. Concepto
- Artículo 24. Concepto
- Artículo 25. Solidaridad
- Artículo 26. Obligados por Deuda Propia
- Artículo 27. Obligaciones
- Artículo 28. Transmisión por Sucesió
- Artículo 29. Obligados por Deuda Ajena
- Artículo 30. Solidaridad por Representació
- Artículo 31. Síndicos o Liquidadores de las Quiebras y Concursos
- Artículo 32. Agentes de Retención, Percepción, Recaudación e Informació
- Artículo 33. Responsabilidad
- Artículo 34. Solidaridad de los Sucesores a Título Particula
- Artículo 35. Solidaridad de Terceros que Faciliten la Evasión Tributaria
- Artículo 36. A todos los efectos tributarios, se presume que el domicilio en el país de...
- Artículo 37. A todos los efectos tributarios se presume que el domicilio de las personas...
- Artículo 38. Personas Domiciliadas fuera del Territorio de la Provincia
- Artículo 38 bis. Domicilio Fiscal Electrónico
- Artículo 39. Obligación de Comunicación y Cambio de Domicilio
- Artículo 40. Concepto
- Artículo 41. Nacimiento de la Obligación Tributaria
- Artículo 42. Plazos para el Pago
- Artículo 43. Facúltase al Poder Ejecutivo a acordar con carácter general y/o por...
- Artículo 44. Modos
- Artículo 45. Impuesto de Sellos
- Artículo 46. El pago de los tributos mediante estampillas fiscales se considerará...
- Artículo 47. El pago total o parcial del tributo, correspondiente a un determinado período...
- Artículo 48. Imputació
- Artículo 49. Pago con Cheques, Giros o Títulos de Crédito
- Artículo 50. Intereses Resarcitorios
- Artículo 51. Cobro a Cuenta
- Artículo 52. La Autoridad de Aplicación podrá compensar de oficio los saldos...
- Artículo 53. Los contribuyentes que rectifiquen declaraciones juradas anteriores,...
- Artículo 54. Términos
- Artículo 55. Cómputos de los Términos
- Artículo 56. Cómputos de los Términos
- Artículo 57. El hecho de haber prescripto la acción para exigir el pago del impuesto no...
- Artículo 58. El término de la prescripción de la acción para hacer efectiva la multa y...
- Artículo 59. Interrupción de la Prescripció
- Artículo 60. La prescripción de la acción para aplicar multas y clausuras o para hacerlas...
- Artículo 61. Suspensión de la Prescripció
- Artículo 62. Prescripción de la Acción de Repetició
- Artículo 63. Interrupció
- Artículo 64. Concepto
- Artículo 65. Condiciones y Requisitos Exigidos
- Artículo 66. Límite de Aplicació
- Artículo 67. Vigencia
- Artículo 68. Excepciones a la Irretroactividad
- Artículo 69. Principios
- Artículo 70. Concepto
- Artículo 71. Personas Ideales
- Artículo 72. Responsabilidad por Actos de Representantes
- Artículo 73. Rectificación Espontánea
- Artículo 74. Sanciones
- Artículo 75. Las infracciones previstas en este Código son castigadas con multas, sin...
- Artículo 76. Cuando el autor de la infracción sea funcionario o empleado público, o...
- Artículo 77. El pago de las sanciones impuestas por infracciones tributarias es...
- Artículo 78. Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en los artículos...
- Artículo 79. Serán sancionados con una multa de pesos veinte mil ($20.000) y clausura de...
- Artículo 80. En la resolución de clausura, la Autoridad de Aplicación establecerá sus...
- Artículo 81. Durante el período de clausura cesará totalmente la actividad en los...
- Artículo 82. Incumplimiento de Deberes Formales
- Artículo 83. Cuando existiera la obligación de presentar declaraciones juradas, y se...
- Artículo 84. Ante la omisión de los titulares de los inmuebles obligados a presentar...
- Artículo 85. Omisió
- Artículo 86. Defraudació
- Artículo 87. Cuando el contribuyente o responsable preste conformidad a los ajustes...
- Artículo 88. Se presume el propósito de defraudación, salvo prueba en contrario, cuando...
- Artículo 89. Cuando sea necesario recurrir a la vía judicial para hacer efectivos los...
- Artículo 90. Remisió
- Artículo 91. Presentación Espontánea
- Artículo 92. La determinación de las obligaciones tributarias se efectuará sobre la base...
- Artículo 93. La declaración jurada está sujeta a la verificación administrativa, y sin...
- Artículo 94. La Autoridad de Aplicación determinará de oficio la obligación tributaria en...
- Artículo 95. El Poder Ejecutivo podrá disponer, con carácter general, por franja de...
- Artículo 96. Formas de la Determinació
- Artículo 97. La determinación sobre base presunta se fundará en los hechos y...
- Artículo 98. Del Acta de Deuda y del Ejercicio de Defensa
- Artículo 99. De la Falta de Impugnación y de la Continuación del Procedimiento
- Artículo 100. Determinación por Mandato Legal
- Artículo 101. La determinación de oficio, en forma cierta o presuntiva, una vez firme,...
- Artículo 102. Requisitos del Acta de Deuda
- Artículo 103. Cuando en la declaración jurada se computen contra el impuesto o anticipo...
- Artículo 104. Obligaciones de los Contribuyentes - Responsables
- Artículo 105. En los casos de contribuyentes no inscriptos, cuando exista obligación legal...
- Artículo 106. Entes Colectivos
- Artículo 107. Libros Especiales
- Artículo 108. Obligaciones de Terceros
- Artículo 109. Agentes de la Administració
- Artículo 110. Las declaraciones juradas, manifestaciones e informes que los responsables o...
- Artículo 111. Reparticiones del Estado
- Artículo 112. Magistrados, Funcionarios, Escribanos, Síndicos de Concursos y Agentes de la Administración Pública
- Artículo 113. Personería
- Artículo 114. Constitución de Domicilio
- Artículo 115. Fecha de Presentació
- Artículo 116. Las notificaciones e intimaciones de pago se harán en la forma siguiente:...
- Artículo 117. Edictos
- Artículo 118. Fecha de la Notificació
- Artículo 119. Fecha de la Notificació
- Artículo 120. Apertura a Prueba
- Artículo 121. Podrá recurrirse a todos los medios de prueba con excepción del de confesión...
- Artículo 122. Medidas para Mejor Provee
- Artículo 123. Sumario
- Artículo 124. Cuando las infracciones surgieran con motivo de impugnaciones u...
- Artículo 125. Intervención y Secuestro de Documentació
- Artículo 126. Restitución de la Documentación Intervenida
- Artículo 127. Las resoluciones que apliquen multas o declaren la inexistencia de las...
- Artículo 128. En caso de denuncia por violación de los deberes establecidos en este Código...
- Artículo 129. En materia de procedimiento, a falta de norma expresa en este Código, se...
- Artículo 130. Todo trámite tributario, salvo disposición expresa en contrario, deberá...
- Artículo 131. Las decisiones de primera instancia emanarán del Director General. Esta...
- Artículo 132. Para atender los diversos recursos de apelación, será competente el Tribunal...
- Artículo 133. Se regirán por las disposiciones de este Código las vías procedimentales en...
- Artículo 134. Casos en los cuales Procede la Interposición de Recurso de Reconsideració
- Artículo 135. Durante la pendencia del recurso, la Autoridad de Aplicación no podrá...
- Artículo 136. Recursos-Suspensión de Pagos de las Deudas no Aceptadas
- Artículo 137. La resolución recaída en el recurso de reconsideración revestirá el carácter...
- Artículo 138. Devolució
- Artículo 139. Los importes tributarios abonados indebidamente o en exceso devengarán, desde...
- Artículo 140. Acción de Repetició
- Artículo 141. Resolució
- Artículo 142. Apelació
- Artículo 143. Agotamiento de la Vía Administrativa
- Artículo 144. Recurso Fundado ante la Autoridad de Aplicació
- Artículo 145. Del Recurso de Apelación-Forma del Recurso de Apelació
- Artículo 146. Contra la resolución que imponga multa y/o clausura, conforme a lo previsto...
- Artículo 147. Recurso de Apelació
- Artículo 148. Escrito de Contestació
- Artículo 149. Si el recurso fuera interpuesto por ante el Tribunal Fiscal, tendrá los...
- Artículo 150. Cumplido el trámite previsto en el artículo 148, la causa quedará en...
- Artículo 151. Apertura a Prueba
- Artículo 152. Memorial - Resolución - Notificación Aclaratoria
- Artículo 153. Medidas para Mejor Provee
- Artículo 154. La decisión deberá dictarse dentro de los plazos establecidos en el...
- Artículo 155. La Sentencia del Tribunal
- Artículo 156. Dentro de las veinticuatro (24) horas de notificada la sentencia, las partes...
- Artículo 157. El procedimiento legislado en los artículos precedentes regirá también...
- Artículo 158. Justicia Provincial. Solve et Repete
- Artículo 159. Procedimiento
- Artículo 160. Intereses
- Artículo 161. Inconstitucionalidad
- Artículo 162. Liquidación del Tributo
- Artículo 163. Plazos
- Artículo 164. Transcurridos los términos fijados en el artículo 163 sin que el Tribunal...
- Artículo 165. Del Recurso de Nulidad
- Artículo 166. De la Perenció
- Artículo 167. Sanciones
- Artículo 168. La resolución que imponga multas deberá cumplirse dentro del tercer día,...
- Artículo 169. Disposiciones Transitorias
- Artículo 170. Todas las resoluciones que se encuentren recurridas deberán continuar su...
- Artículo 171. Hasta tanto funcione el Tribunal Fiscal, el Ministro de Economía entenderá...
- Artículo 172. Boleta de Deuda
- Artículo 173. Facúltese a la Autoridad de Aplicación para dejar en suspenso la iniciación...
- Artículo 174. Juez Competente
- Artículo 175. Mandamiento de Pago y Embargo
- Artículo 176. Excepciones
- Artículo 177. Traslado
- Artículo 178. Prueba
- Artículo 179. Sentencia
- Artículo 180. Apelación-Memorial
- Artículo 181. Autos para Sentencia
- Artículo 182. Si para la concesión de regímenes de facilidades de pago y/o el otorgamiento...
- Artículo 183. Perenció
- Artículo 184. Subasta Pública
- Artículo 185. Sin perjuicio de las acciones legales que correspondieran, las entidades...
- Artículo 186. Designación de Peritos y Martilleros
- Artículo 187. Bases
- Artículo 188. Observaciones - Aprobació
- Artículo 189. Condiciones para la Venta
- Artículo 190. Edictos
- Artículo 191. Incumplimiento
- Artículo 192. Son aplicables supletoriamente las disposiciones del juicio ejecutivo del...
- Artículo 193. No podrán transportarse comercialmente mercaderías o bienes en el territorio...
- Artículo 194. Los hechos u omisiones por los cuales se verifique la infracción a la...
- Artículo 195. La autoridad policial dará urgente intervención al Juez de Instrucción Penal...
- Artículo 196. El decomiso realizado en los términos legislados no importará perjuicio...
- Artículo 197. Comprobada, por la autoridad jurisdiccional, la titularidad y destino de las...
- Artículo 198. A los efectos de la aplicación del presente régimen, se entenderá por...
- Artículo 199. Serán aplicables supletoriamente las normas de los Códigos Procesal Penal y...
- Artículo 200. Por cada inmueble rural o urbano, ubicado en el territorio de la Provincia,...
- Artículo 201. Base de Aplicació
- Artículo 202. Determinació
- Artículo 203. Subdivisiones de Inmuebles
- Artículo 204. Comunicación de Variaciones
- Artículo 205. Obligados
- Artículo 206. Venta de Inmuebles a Plazos
- Artículo 207. Sujetos Exentos
- Artículo 208. Están exentos del impuesto y demás accesorios establecidos en el presente...
- Artículo 209. Condiciones
- Artículo 210. Condiciones
- Artículo 211. El Poder Ejecutivo podrá establecer, bajo las condiciones y requisitos que...
- Artículo 212. El impuesto establecido en el presente título deberá pagarse en las formas y...
- Artículo 213. Bonificació
- Artículo 214. Hecho Imponible
- Artículo 215. Se considerarán también actividades alcanzadas por este impuesto las...
- Artículo 216. Para la determinación del hecho imponible, se atenderá a la naturaleza...
- Artículo 217. No constituyen actividad gravada con este impuesto: 1. El trabajo personal...
- Artículo 218. Contribuyentes y otros Responsables
- Artículo 219. En los casos de iniciación de actividades, deberá solicitarse -con carácter...
- Artículo 220. En caso de cese de actividades -incluidas las transferencias de fondos de...
- Artículo 221. Base Imponible
- Artículo 222. No integran la base imponible los siguientes conceptos: 1. Los importes...
- Artículo 223. La base imponible estará constituida por diferencia entre los precios de...
- Artículo 224. El Impuesto sobre los Ingresos Brutos se determinará de la siguiente manera:...
- Artículo 225. De la base imponible no podrán detraerse el laudo correspondiente al...
- Artículo 226. Los ingresos brutos se imputarán al período fiscal en que se devengan, salvo...
- Artículo 227. Deducciones
- Artículo 228. Exenciones
- Artículo 229. Período Fiscal
- Artículo 230. El impuesto se liquidará por declaración jurada, en los plazos y...
- Artículo 231. Pago
- Artículo 232. Cuando un contribuyente ejerza dos o más actividades o rubros alcanzados con...
- Artículo 233. Tratamiento de Contribuyentes de Convenio
- Artículo 234. Las entidades recaudadoras oficiales con las que la Autoridad de...
- Artículo 235. Por todos los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso o...
- Artículo 236. Instrumentació
- Artículo 237. Pluralidad de Actos Gravados en un mismo Instrumento
- Artículo 238. Obligaciones Accesorias
- Artículo 239. Pagarés Emergentes de Contratos
- Artículo 240. Contrato por Correspondencia
- Artículo 241. Obligaciones Condicionales
- Artículo 242. Prórroga
- Artículo 243. Obligados
- Artículo 244. Pluralidad de Obligació
- Artículo 245. Intervinientes Exentos
- Artículo 246. Los bancos, sociedades, compañías de seguro, empresas, etcétera, que realicen...
- Artículo 247. En los contratos de prenda, pagaré y reconocimiento de deudas, el impuesto...
- Artículo 248. En toda transmisión de inmuebles radicados en jurisdicción provincial,...
- Artículo 249. Boleto de Compra-Venta
- Artículo 250. Operaciones de Compra-Venta de Productos Agropecuarios, Forestales y Mineros por Intermedio de Bolsas y Mercados de Valores
- Artículo 251. Permutas
- Artículo 252. Transacciones Litigiosas sobre Inmuebles
- Artículo 253. División de Condominio
- Artículo 254. Información Posesoria
- Artículo 255. Constitución o Prórroga de Hipoteca y Emisión de Debentures con Garantía
- Artículo 256. Contratos de Constitución de Sociedades
- Artículo 257. Ampliación de Capital
- Artículo 258. Modificación del Contrato Social
- Artículo 259. Las sociedades constituidas en otra jurisdicción abonarán el impuesto...
- Artículo 260. Sociedades de Capital
- Artículo 261. Disolución y Liquidación de Sociedades y Transferencias de Fondos de Comercio
- Artículo 262. Contratos de Concesió
- Artículo 263. Rentas Vitalicias
- Artículo 264. Usufructo - Uso - Habitación y Servidumbres
- Artículo 265. Locación y Sublocación de Inmuebles
- Artículo 266. Locación de Servicios
- Artículo 267. Contratos de Aprovisionamiento o Suministro
- Artículo 268. Depósitos a Plazos
- Artículo 269. Adelantos en Cuenta Corriente o Créditos al Descubierto
- Artículo 270. Contratos de Seguros
- Artículo 271. Compraventa, Permuta y Transferencia de Automotores
- Artículo 272. Actos por Valor Indeterminado
- Artículo 273. Cuando al pie del instrumento no se estime el valor del acto sujeto a...
- Artículo 274. Cuando la estimación de las partes o de la Au- toridad de Aplicación sea...
- Artículo 275. Si el valor imponible se expresa en moneda extranjera, el impuesto deberá...
- Artículo 276. En la liquidación del impuesto se computarán como enteras las fracciones de...
- Artículo 277. Están exentos del impuesto de sellos, sin perjuicio de los que se encuentran...
- Artículo 278. Se encuentran también exentos del Impuesto de Sellos los siguientes actos...
- Artículo 279. Plazos
- Artículo 280. Formas
- Artículo 281. Instrumentos que han Tributado de Menos
- Artículo 282. Pluralidad de Hojas
- Artículo 283. Varios Ejemplares
- Artículo 284. Instrumentación fuera de la Provincia
- Artículo 285. Los recargos e infracciones del Impuesto de Sellos tienen su nacimiento en el...
- Artículo 286. Infracciones
- Artículo 287. Recargos
- Artículo 288. Previo a la aplicación de la multa establecida en el artículo 286, se...
- Artículo 289. En la hipótesis prevista en el último párrafo del artículo 286, no será...
- Artículo 290. Las multas y recargos a que se refieren los artículos 286 y 287,...
- Artículo 291. Las multas y recargos dispuestos en este capítulo excluyen la aplicación de...
- Artículo 292. Por los vehículos automotores radicados en la Provincia se pagará un...
- Artículo 293. Reducciones
- Artículo 294. Para los vehículos inscriptos en años anteriores, el impuesto se recaudará...
- Artículo 295. Retiros - Bajas
- Artículo 296. Obligados
- Artículo 297. Responsables
- Artículo 298. Los sujetos mencionados en el artículo 296 podrán limitar su...
- Artículo 299. Autorización del Titula
- Artículo 300. Discriminació
- Artículo 301. Categorías
- Artículo 302. Los vehículos denominados camiones, camionetas, pick-ups, furgones,...
- Artículo 303. Los vehículos denominados carros cañeros, acoplados de carga, de turismo,...
- Artículo 304. Los vehículos para transporte de pasajeros denominados ómnibus, microómnibus,...
- Artículo 305. Las motocabinas, motocicletas y motonetas, con o sin sidecars, triciclos...
- Artículo 306. A los efectos del impuesto establecido en este título, los tractores se...
- Artículo 307. Transformació
- Artículo 308. Están exentos del pago del presente impuesto: 1. Los vehículos automotores...
- Artículo 309. Plazo
- Artículo 310. Requisitos para la Inscripció
- Artículo 311. Clasificación y Liquidació
- Artículo 312. Comprobante de Pago
- Artículo 313. Permisos Temporarios
- Artículo 314. La Autoridad de Aplicación reglamentará la forma y procedimiento más...
- Artículo 315. La fiscalización del cumplimiento de las disposiciones del presente título y...
- Artículo 316. Autorízase al Poder Ejecutivo a acordar, con carácter general,...
- Artículo 317. Servicios Administrativos y Judiciales
- Artículo 318. Forma de Pago
- Artículo 319. La tasa mínima por la prestación de servicios retribuidos de modo...
- Artículo 320. Salvo disposición contraria, todas las actuaciones ante la Administración...
- Artículo 321. Las tasas por servicios policiales se regirán por las disposiciones de la Ley...
- Artículo 322. Tasas Generales de Actuación Sobretasas
- Artículo 323. Tasa Proporcional de Justicia
- Artículo 324. Solidaridad de las Partes
- Artículo 325. Tercerías
- Artículo 326. Sujeto Pasivo Definitivo
- Artículo 327. Actuación de Abogado o Procurado
- Artículo 328. Estarán exentos del pago de las tasas de este título, además de los que lo...
- Artículo 329. No se hará efectivo el pago de gravámenes en las siguientes actuaciones...
- Artículo 330. No pagarán la tasa de servicio fiscal de inspección de sociedades, sin...
- Artículo 331. No se hará efectivo el pago de gravámenes en las siguientes actuaciones...
- Artículo 332. Instrumentos
- Artículo 333. El gravamen de actuación corresponde por cada hoja de expediente, como así...
- Artículo 334. Condenación en Costas
- Artículo 335. Liquidació
- Artículo 336. Sentencia
- Artículo 337. Sanciones
- Artículo 338. Los concesionarios y/o usuarios de aguas del dominio público tributarán el...
- Artículo 339. Por el usufructo de agua de pozo administrado por la Dirección de Recursos...
- Artículo 340. Los tributos establecidos en este título deberán pagarse en la forma y plazos...
- Artículo 341. Sujetos Pasivos
- Artículo 342. Determinació
- Artículo 343. La tasa en concepto de contribución de mejoras se determinará tomando como...
- Artículo 344. Por las retribuciones devengadas en concepto de trabajo personal realizado...
- Artículo 345. Están obligados al pago del impuesto todas las personas físicas o ideales que...
- Artículo 346. Concepto de Retribució
- Artículo 347. Conceptos también Alcanzados
- Artículo 348. Remuneraciones Acreditadas
- Artículo 349. Remuneraciones Estimadas
- Artículo 350. Formas y Plazos
- Artículo 351. Están exentos, además de quienes lo estén por leyes especiales: 1. El...
- Artículo 352. El producido de este impuesto se destinará exclusivamente al mantenimiento de...
- Artículo 353. Por los billetes, boletos, tarjetas y similares de lotería, quiniela,...
- Artículo 354. Están obligados al pago del impuesto las personas físicas o ideales que...
- Artículo 355. La base imponible de este gravamen estará constituida por el monto del juego...
- Artículo 356. Están exentas del pago de este gravamen las personas físicas o ideales que...
- Artículo 357. Formas y Plazos
- Artículo 358. Las participaciones de las municipalidades y comunas sobre los impuestos y...
- Artículo 359. Comuníquese.
Otras regulaciones
Código Procesal Civil y Comercial Código Procesal Administrativo Código Procesal Penal Código Procesal Laboral Código procesal constitucionalMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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