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Código Procesal Penal Artículo 328 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Tucumán
Artículo 328. DENUNCIA ANTE EL FISCAL DE INSTRUCCIÓN

Cuando proceda la investigación fiscal preparatoria, el fiscal que reciba la denuncia actuará de inmediato. Si se tratase de hecho por el que procede investigación jurisdiccional, el fiscal formulará requerimiento conforme al artículo 350 (ex art. 341), en el plazo de tres (3) días, salvo que por la urgencia del caso deba actuarse de inmediato.

Si el fiscal requiriera la desestimación y el juez no estuviera de acuerdo, regirá el artículo 368 (ex art. 359).

Cuando el fiscal de Instrucción tomase conocimiento o tuviese noticia de la existencia de un hecho delictivo, por cualquier vía de información, aun sin que exista denuncia formal, deberá de inmediato verificar la seriedad de la misma y, en su caso, proceder a la formación del sumario para la investigación penal preparatoria.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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