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Código Procesal Penal Artículo 309 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Tucumán
Artículo 309. DECLARACIÓN DEL IMPUTADO

Cuando hubiese motivo bastante para sospechar que una persona ha participado en la comisión de un hecho punible, el órgano judicial competente procederá a recibirle declaración si estuviese detenida, a más tardar, en el plazo de veinticuatro (24) horas desde que fue puesta a su disposición.

Este plazo podrá prorrogarse por otro tanto cuando el órgano judicial competente no hubiese podido recibir la declaración o cuando lo pidiese el imputado para elegir defensor.

Si en el proceso hubiese varios imputados detenidos, dicho plazo se computará con respecto a la primera declaración, y las otras se recibirán sucesivamente y sin tardanza.

Cuando no concurran las exigencias previstas en el primer párrafo, el órgano judicial competente podrá igualmente llamar al imputado a prestar declaración, pero mientras tal situación se mantenga, no podrán imponerse otras medidas coercitivas que las previstas en los artículos 176 y 271 (ex arts. 175 y 268); regirá el artículo 273 (ex art. 270).



Provincia de Tucumán Artículo 309 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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