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Código Procesal Penal Artículo 383 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 383. Principios procesales

En las actuaciones ante el Juzgado y en las que se practiquen fuera de su sede por orden de aquél, serán acentuados los principios de inmediación, informalidad, celeridad, economía y acumulación procesal que rigen el procedimiento. Es deber del Juzgado, de los representantes de los ministerios públicos, de las demás partes constituidas y de sus letrados la observancia estricta de dichos principios. El Juzgado de oficio o a pedido de parte subsanará cualquier exceso ritual de los intervinientes en el procedimiento, imponiendo en los casos de temeridad o malicia la sanción prevista en el artículo 146. En el supuesto de no cumplir el Juzgado con todos o algunos de los principios expuestos, podrán los interesados recurrir en queja ante la Cámara de Apelaciones.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 383 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...381 382 383 384 385 ...501

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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