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Código Procesal Penal Artículo 25 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Santiago del Estero
Artículo 25. Cámara de Apelación y Control

La Cámara de Apelación y Control conocerá:

1. En el recurso de apelación deducido contra las resoluciones de los Jueces de Control y Jueces de Ejecución Penal.

2. En los recursos de queja por apelaciones denegadas.

3. En los recursos referidos a la prorroga del termino para la investigación penal preparatoria dictada por los Jueces de Control.

4. En las cuestiones de competencia que se susciten entre los Jueces de Control, Jueces de Ejecución Penal y entre ellos entre si.

5. En las inhibiciones y recusaciones de sus miembros y en la de los Jueces de Control y Jueces de Ejecución.

6. En la cesación de la prisión preventiva.

7. En toda otra incidencia o impugnación que se plantee contra las resoluciones de los órganos jurisdiccionales.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 25 Código Procesal Criminal y Correccional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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