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Código Procesal Penal Artículo 172 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Santa Cruz
Artículo 172. Denuncia ante el juez

El juez que reciba una denuncia la transmitirá inmediatamente al agente fiscal. Dentro del término de veinticuatro (24) horas, salvo que por la urgencia del caso aquel fije uno menor, el agente fiscal formulará requerimiento conforme el artículo 180º o pedirá que la denuncia sea desestimada o remitida a otra jurisdicción. Será desestimada cuando los hechos referidos en ella no constituyan delito o cuando no se pueda proceder. La resolución que disponga la desestimación de la denuncia, será apelable, aún por quien pretendiere ser tenido por parte querellante. Si decide peticionar la remisión a otra jurisdicción, formará actuación que será elevada sin más trámite al superior.

Provincia de Santa Cruz Artículo 172 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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