Imprimir

Código Procesal Penal Artículo 463 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal San Juan
Artículo 463. Impedimentos

 No pueden ser miembros del jurado popular:

1) Los que desempeñen cargos públicos por elección popular, o cuando son por nombramiento de autoridad competente y desempeñen un cargo público con rango equivalente o superior a director, en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos en el orden nacional, provincial o municipal.

2) Los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial.

3) Los integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, fuerzas armadas o del servicio penitenciario, como así también los integrantes y/o directivos de sociedades destinadas a la prestación de servicios de seguridad privada.

4) Quienes han sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal, o de fuerzas de seguridad, fuerzas armadas o del Servicio Penitenciario.

5) Los abogados, escribanos y procuradores.

6) Quienes se encuentren alcanzados por las situaciones de excusación y recusación de los jueces.

7) Los condenados por delito doloso mientras no ha transcurrido el plazo del artículo 51 del Código Penal. 8) Los imputados que se encuentren sometidos a proceso penal en trámite.

9) Los fallidos por el tiempo que dure su inhabilitación por tal causa.

10) Los ministros de un culto religioso.

11) Las autoridades de los partidos políticos reconocidos por la justicia electoral de la provincia o por la justicia federal con competencia electoral.



Provincia de San Juan Artículo 463 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...461 462 463 464 465 ...625

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse