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Código Procesal penal Artículo 420 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 420. Nulidad

La sentencia es nula:

a) si el imputado no está suficientemente individualizado;

b) si falta la enunciación del hecho imputado por el acusador o la determinación circunstanciada del que el Tribunal estima acreditado;

c) cuando se basa en elementos probatorios no incorporados legalmente al debate, salvo que carezcan de valor decisivo; d) si falta o es contradictoria la fundamentación, o si no se observaron en ella las reglas de la sana crítica racional, con respecto a elementos probatorios de valor decisivo;

e) cuando falta o es incompleta en sus elementos esenciales la parte resolutiva;

f) si falta la fecha o la firma de los jueces, salvo lo dispuesto en el Artículo 415, cuarto párrafo del presente Código.



Provincia de Misiones Artículo 420 Código Procesal penal
Artículo 1 ...418 419 420 421 422 ...553

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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