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Código Procesal penal Artículo 401 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 401. Examen en el Domicilio

El testigo o perito que no comparece a causa de un impedimento legítimo debe ser examinado por el Presidente en el lugar donde se halla; pueden asistir, únicamente, los vocales del Tribunal, el Fiscal y los defensores. Sin embargo, el Tribunal puede permitir la asistencia de las partes, si es necesario. En todo caso, el acta que se labra debe ser leída durante el debate.



Provincia de Misiones Artículo 401 Código Procesal penal
Artículo 1 ...399 400 401 402 403 ...553

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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