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Código Procesal Penal Artículo 193 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Corrientes
Artículo 193. Sanciones

Los oficiales y auxiliares de la Policía Judicial que violen disposiciones legales o reglamentarias, que omitan o retarden la ejecución de un acto propio de sus funciones o lo cumplan negligentemente, serán reprimido por los Tribunales, de oficio o a pedido del Ministerio Público y previo informe del interesado, con apercibimiento o multa de diez o cinco mil pesos (Ley l8.l88); esto sin perjuicio de la suspensión de hasta por treinta días, cesantía o exoneración que pueda disponer el Superior Tribunal, y de la responsabilidad penal que corresponda.

Los oficiales y agentes de la Policía Administrativa podrán ser objeto de las mismas sanciones; pero la suspensión, cesantía o exoneración de ellos solo podrá ser dispuesta por el Poder Ejecutivo.



Provincia de Corrientes Artículo 193 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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