Imprimir

Código Procesal Penal Artículo 334 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Córdoba
Artículo 334. Archivo

El Fiscal de Instrucción dispondrá, por decreto fundado, el archivo de las actuaciones cuando no se pueda proceder o cuando el hecho en ella contenido no encuadre en una figura penal. En este último caso, si se hubiere recibido declaración como imputado a alguna persona, se procederá conforme a lo dispuesto en los artículo 348 segunda parte y 350 inciso 2). En todos los casos, las aportes podrán oponerse a la decisión del Fiscal. Cuando mediare discrepancia del Juez de Instrucción regirá el artículo 359.

El archivo dispuesto por el Juez será apelable por el querellante que se hubiere opuesto, salvo el caso del artículo 359. Regirá el artículo 464, y si la decisión del Juez fuese revocada, otro Fiscal de Instrucción proseguirá con la investigación.



Provincia de Córdoba Artículo 334 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...332 333 334 335 336 ...560

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse