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Código Procesal Penal Artículo 189 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Catamarca
Artículo 189. Oportunidad y forma

Las nulidades sólo podrán ser instada, bajo pena de caducidad en las siguientes oportunidades:

1.- La producida en la investigación penal preparatoria, durante ésta o en el término de citación a juicio.

2.- Las acaecidas en los actos preliminares del juicio, inmediatamente después de la lectura con la cual queda abierto el debate (artículo 377º).

3.- Las producidas en el debate, antes o inmediatamente después de producirse el acto.

4.- Las acaecidas durante la tramitación de un recurso ante el tribunal de alzada, inmediatamente después de abierta la audiencia prescripta por los artículos 452º ó 464, o en el alegato escrito.

La instancia de nulidad será motivada bajo pena de inadmisibilidad.

Durante la investigación penal preparatoria, el incidente se tramitará en la forma establecida por el artículo 338º. En los demás casos seguirá el trámite previsto por el recurso de reposición (artículo 444º), salvo que fuere deducida en el alegato según la última parte del inciso 4.

Provincia de Catamarca Artículo 189 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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