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Código Procesal Laboral Artículo 42 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Laboral San Juan
Artículo 42. Devolución

 Si vencido el plazo el expediente no es devuelto, quien lo retiró es pasible de una multa cuyo importe por cada día de retardo equivaldrá a medio día del salario mínimo, vital y móvil, salvo que manifestase haberlo perdido, en cuyo caso afrontará además las costas de la reconstrucción, y la multa que establece el Código Procesal Civil, Comercial y Minería si correspondiere.

El funcionario responsable debe intimar su inmediata devolución a quien lo retenga, y si ésta no se efectúa, el juez manda a secuestrar el expediente con el auxilio de la fuerza pública; sin perjuicio de remitir los antecedentes al órgano disciplinario del ente o asociación profesional que corresponda y, en su caso, a la justicia penal.



Provincia de San Juan Artículo 42 Código de Procedimiento Laboral
Artículo 1 ...40 41 42 43 44 ...125

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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