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Código Procesal Laboral Artículo 105 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Laboral Córdoba
Artículo 105. Anulación total o parcial

En el caso del artículo 99 inciso 2), el Tribunal anulará la resolución impugnada, los actos cumplidos de modo irregular o, si fuere necesario, el debate en que aquella se hubiere basado y remitirá las actuaciones a la Cámara del Trabajo en turno o a la que le sigue, si aquella fuere la causante de la nulidad.

Cuando no anule todas las disposiciones de la resolución, el Tribunal establecerá que parte de ella quede firme por no depender ni estar esencialmente conexa con la parte anulada. Si lo estimara procedente el Tribunal decidirá el punto discutible.

Provincia de Córdoba Artículo 105 Código Procesal del Trabajo
Artículo 1 ...103 104 105 106 107 ...127

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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