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Código Procesal Laboral Artículo 5 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 5. Funcionamiento de la Cámara

Los miembros de la Cámara de Apelaciones, anualmente, reunidos en Acuerdo, designarán un presidente y establecerán el orden de nominación para las subrogancias en caso de inhibición, recusación, ausencia o impedimento accidental o temporario del presidente.

Cada Sala contará con un presidente de trámite que desempeñará las funciones por períodos anuales y será designado de entre sus miembros por Acuerdo de Cámara. En caso de ausencia o impedimento temporario será reemplazado por el otro Juez integrante de la Sala.

La desintegración de la Sala por cualquier causa, será cubierta por un Juez de la otra, siguiendo el orden de nominación señalado en el párrafo primero. En caso de inhibición o recusación de todos los Jueces de una Sala corresponderá entender a la que siga en orden de turno. Si no se pudiera integrar una Sala con los miembros de la otra, cualquiera fuere la causa, se seguirá el orden de subrogación establecida en el artículo 11º.



Provincia del Chaco Artículo 5 Código Procesal Laboral
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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