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Código Procesal Laboral Artículo 303 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 303. Recepción de Pruebas por la Cámara

Cuando la Cámara haga lugar a la apelación contra sentencias o resoluciones denegatorias de medidas de pruebas, dispondrá lo pertinente para que las pruebas denegadas se reciban ante ella y notificará por cédula la resolución respectiva a las partes e interesados. También la Cámara podrá disponer las medidas de prueba que considere útiles o necesarias para la averiguación de la verdad real sobre los hechos controvertidos, observando los principios procesales laborales de inmediación, concentración, celeridad y economía.



Provincia del Chaco Artículo 303 Código Procesal Laboral
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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