Imprimir

Código Procesal Laboral Artículo 166 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 166. Forma y Requisitos de la Demanda

La demanda se presentará por escrito y deberá contener:

a) Nombre, apellido y domicilio real de las partes. El actor deberá además constituir domicilio legal.

b) El objeto de la acción, designando en forma clara, sucinta y separada los hechos y el derecho en que se funda.

c) Designación de lo que se demanda, discriminando sus rubros y formulando la liquidación respectiva, en forma clara, expresa y precisa. Cuando no fuere posible precisarlo, podrá diferirse su cálculo a la prueba pericial o a la estimación judicial. En tal caso, deberán indicarse los rubros que componen la demanda y las pautas necesarias para liquidarlos, expuestos de modo tal que el demandado pueda cuestionar o aceptar concretamente dichos extremos. El juez, en la sentencia, podrá considerar como no demandados los rubros que, siendo posible, no se hayan propuesto con los requisitos indicados y su cálculo o estimación no surgiera de la prueba rendida.

d) El ofrecimiento de toda la prueba de que intente valerse, acompañando la instrumental y/o documental si la tuviera o indicando el lugar donde se encontrare.

e) La petición, en términos claros y precisos.

Además, cuando un trabajador demande a un empleador, se deberá indicar la edad, profesión u oficio del actor, la índole de la actividad, establecimiento o negocio del demandado y la ubicación del lugar del trabajo. Tratándose el empleador demandado de una persona ideal, se deberá indicar su denominación o razón social, si es una sociedad civil o comercial y de que tipo. Cuando se demanda a más de un sujeto, aclarar si se trata de demandados conjuntos o alternativos.



Provincia del Chaco Artículo 166 Código Procesal Laboral
Artículo 1 ...164 165 166 167 168 ...357

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse