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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 710 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Tucumán
Artículo 710. APELACIÓN EN RELACIÓN

Cuando procediera la apelación en relación, el apelante deberá fundar el recurso dentro de los cinco (5) días de notificada la providencia que lo concede. Del escrito, se dará traslado por igual plazo. Si el recurrente no presentara memorial, el juez de primera instancia declarará desierto el recurso.

Cuando el recurso hubiera sido interpuesto subsidiariamente con el de revocatoria, no se admitirá ningún escrito para fundar la apelación.

Si no se sustancia la revocatoria, la providencia que conceda el recurso de apelación ordenará correr traslado por cinco (5) días del escrito de interposición de la revocatoria. Si hay sustanciación, concedida la apelación se elevarán las actuaciones a la cámara para su resolución.



Provincia de Tucumán Artículo 710 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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