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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 239 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Tucumán
Artículo 239. INTERVENTOR ADMINISTRATIVO

Cuando fuera necesario sustituir la administración del negocio, empresa, explotación, sociedad o condominio, por desavenencias entre sus responsables o componentes, que impidan su normal desenvolvimiento, o por circunstancias que, a criterio del juez, demuestren la inconveniencia de la actual administración, podrá a pedido de parte interesada designar un administrador judicial en persona idónea, de suficiente responsabilidad, a quien señalará sus facultades y deberes.

Los hechos que fundamenten el pedido deberán justificarse en la forma determinada en el artículo 218.

Cuando las medidas cautelares de intervención o administración judicial estén autorizadas por las leyes sustanciales, quedan sujetas al régimen establecido por ellas.



Provincia de Tucumán Artículo 239 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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