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Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria Artículo 627 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria San Juan
Artículo 627.

Ejecución de sentencias estructurales o complejas:

Cuando en la sentencia definitiva se imponga una condena de hacer cuyo cumplimiento resulte complejo o implique una reforma estructural de la situación fáctica que diera origen a la causa, el juez en la etapa de ejecución de sentencia, puede convocar a las partes a fin de que elaboren conjunta o individualmente propuestas de cumplimento de la sentencia, para lo cual debe fijar las pautas y plazos para su presentación.

Presentadas las propuestas por las partes, el juez, puede aprobarlas o rechazarlas. También puede introducir modificaciones cuando las propuestas se muestren inadecuadas con lo resuelto en la sentencia, o bien si se alterasen las circunstancias que dieron lugar a su dictado.

Provincia de San Juan Artículo 627 Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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